23/11/2019

Un gran avance en favor de la Instrucción Aeronáutica.

Luego de mucho esfuerzo y reiterados requerimientos efectuados ante la ANAC por parte de CADEA, FADA, FAVAV, nucleadas en el Consejo Asesor de la Aviación Civil, se ha logrado que el reconocimiento de la instrucción aeronáutica como una de las modalides de Trabajo Aéreo contemplada en nuestra normativa y tribunales desde antaño, logre su aplicacion a la instrucción de vuelo en planeador, con las consecuencias impositivas beneficiosas que ello conlleva, cómo por ejemplo la exención del pago del impuesto interno.

Este reconocimiento, ardua y reiteradamente requerido a la Administración Nacional de Aviación Civil y sostenido a lo largo del tiempo por las instituciones arriba mencionadas, logró su cometido últimamente a través de la tenaz gestión y aclaraciones que la ANAC mediante sus autoridades y de su Registro de Aeronaves evacuara ante los requerimientos aclaratorios formulados por la AFIP. Por lo tanto, desde ahora, y como debería haber sido desde el comienzo de los tiempos, los planeadores adquiridos con fines de instrucción a través de un CIAC no tributarán Impuestos internos.

Esto significa una reducción importante en el costo de importación de aproximadamente un 33% y si el importador es un Aeroclub ó Club de Planeadores, tampoco abonará el 21% de IVA en atención a encontrarse exento por ley, lográndose una reducción importantisima de aranceles tendiente a fomentar la actividad de vuelo y la renovación de nuestro parque aeronáutico. Estos mismos beneficios ya se habían logrado en los últimos meses gracias al reconocimiento de la instrucción aeronáutica como Trabajo Aéreo, para la importación de aviones con este fin.

Consejo Superior FAVAV

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Federación Argentina de Vuelo a Vela